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Office of the Governor  State of Wisconsin
Office of the Governor  PO Box 7863, Madison, WI 53707
(608) 266–1212  www.evers.wi.gov
Tony Evers
ESTADO DE WISCONSIN
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE SALUD
Tony Evers, Gobernador
Andrea Palm, Secretaria
ORDEN DE EMERGENCIA #12
ORDEN MAS SEGURO EN CASA
CONSIDERANDO que, en diciembre del 2019, se detectó una nueva variante del coronavirus, ahora nombrada COVID-19, y que se ha dispersado alrededor del mundo, incluyendo cada estado de los Estados Unidos;
CONSIDERANDO que, el 30 de enero del 2020, La Organización Mundial de la Salud declaró al COVID-19 una Emergencia de Salud Pública de Interés Internacional;
CONSIDERANDO que, el 20 de marzo del 2020, el Gobernador Tony Evers declaró una emergencia de salud pública y dirigir todos los recursos necesarios para responder y contener el COVID-19 en Wisconsin;
CONSIDERANDO que, el Gobernador Evers nombró al Departamento de Servicios de Salud como la agencia líder para responder a la emergencia e indicó al Departamento tomar todas las medidas necesarias y apropiadas para prevenir y responder a los incidentes del COVID-19 en Wisconsin;
CONSIDERANDO que, en marzo 23 del 2020, el presidente Donald Trump proclamó una Emergencia Nacional por el COVID-19;
CONSIDERANDO que, hasta marzo 23 del 2020, 332,930 personas a nivel mundial han dado resultado positivo para COVID-19, incluyendo 33,404 en los Estados Unidos y 416 en Wisconsin;
CONSIDERANDO que, hasta marzo 23 del 2020, dentro de las pasadas 72 horas, los casos positivos de COVID-19 han incrementado en los Estados Unidos de 15,219 a 33,404 (incremento de 119%) y en Wisconsin de 206 a 416 (incremento de 112%). Cinco residentes de Wisconsin han fallecido a causa del COVID-19. Los oficiales de Salud Pública estiman que la cifra correcta de residentes de Wisconsin infectados con COVID-19 es significativamente más alta y probablemente se encuentre presente en cada condado del estado;
CONSIDERANDO que, conforme al actual incremento de personas infectadas, el número de personas con necesidad de cuidado médico por el COVID-19 excederá significativamente la cifra de recursos médicos disponibles;
CONSIDERANDO que, el entero Estado de Wisconsin – incluyendo residentes, negocios, organizaciones comunitarias, y gobierno – necesitan tomar todas las acciones posibles para reducir el esparcimiento del COVID19 y salvar vidas;
CONSIDERANDO que, el distanciamiento social – la práctica de mantenerse por lo menos a 6 pies de distancia de otros y evitar el contacto físico directo – es la única medida efectiva para desacelerar el índice de la infección. A pesar de las anteriores órdenes de prohibición de reuniones masivas, los índices de la infección continúan incrementado drásticamente, se requiere entonces medidas adicionales para reducir el índice de infección y para salvar vidas; y;
CONSIDERANDO que, es un momento crítico en Wisconsin y que todos debemos contribuir con nuestra parte para cesar los viajes, negocios e interacciones sociales no esenciales;
EN VIRTUD DE LO CUAL Y, POR LO TANTO, bajo la autoridad de Wis. Stat. § 252.02(3) y (6) y con todos los poderes investidos en mi a través de la Orden Ejecutiva #72, y bajo la dirección del Gobernador Tony Evers, yo, Andrea Palm, Secretaria Designada del Departamento de Servicios de Salud de Wisconsin, ordeno lo siguiente:
1. Quedarse en casa o lugar de residencia. A todos los individuos que actualmente residen dentro del Estado de Wisconsin se les ordena permanecer en casa o lugar de residencia, con las excepciones señaladas más adelante. A los individuos que utilizan espacios abiertos o compartidos se les exhorta mantener todo el tiempo como sea razonablemente posible un distanciamiento social de 6 (seis) pies de la otra persona para ser consistentes con los Requerimientos de Distanciamiento Social como se definen más adelante, excepto que no se tiene que mantener un distanciamiento social entre los miembros de familia o personas que vivan en una misma unidad habitacional. Todas las personas pueden salir de sus casas o residencias solamente por las siguientes funciones como están definidas en esta Orden:
a. Actividades Esenciales (definidas en sección 11);
b. Funciones Gubernamentales Esenciales (definidas en sección 12);
c. Negocios y Operaciones Esenciales (definidas en sección 13);
d. Para realizar Operaciones Mínimas Básicas no esenciales (definidas en sección 14);
e. Viajes Esenciales (definido en sección 15); y
f. Situaciones Especiales (definidas en secciones 8, 9 y 10).
Individuos que se encuentren sin hogar o techo quedan exentos de esta Sección, pero se les recomienda firmemente obtener un albergue. Entidades gubernamentales y no gubernamentales están firmemente instadas a poner dichos albergues disponibles tan pronto sea posible a la máxima extensión práctica y cumpliendo con la guía del Departamento de Servicios de Salud de Wisconsin (DHS) y del Centro para el Control y Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos (CDC) acerca de las prácticas de mitigación del COVID-19.
Individuos cuyas casas o residencias son inseguras o se convierten en un lugar inseguro, tales como víctimas de violencia doméstica, se les permite y recomienda salir de su casa y permanecer en un inmueble alternativo seguro. Para propósitos o efectos de esta Orden, hogares o residencias incluye hoteles, moteles, unidades de renta compartida, dormitorios, refugios e instalaciones similares.
2. Deberán Cerrar Los Negocios y Operaciones No Esenciales. Todos los negocios con y sin fines de lucro con instalaciones en Wisconsin, excepto por los Negocios y Operaciones Esenciales como se define más adelante, se les requiere cesar todas las actividades en las instalaciones localizadas en Wisconsin, excepto:
a. Operaciones Mínimas Básicas como se define más adelante, y
b. Cualquier operación que consista exclusivamente de empleados o contratistas realizando actividades desde su propia casa o residencia (por ejemplo, trabajar desde casa).
Todos los negocios, incluyendo Negocios y Operaciones Esenciales, deberán, en la mayor medida de lo posible, utilizar tecnología para evitar las reuniones en persona, incluyendo juntas virtuales, teleconferencias y trabajar remotamente (por ejemplo, trabajar desde casa). Los negocios no podrán ofrecer servicios de puerta en puerta independientemente de su propósito o estatus como Negocio u Operación Esencial.
Todos los Negocios y Operaciones Esenciales se les recomienda permanecer abiertos. De la forma más viable, los Negocios y Operaciones Esenciales deberán cumplir con el Requerimiento de Distanciamiento Social como se define en esta Orden; y llevándolo a cabo, Negocios y Operaciones Esenciales deberán, en la mayor medida de lo posible, asegurar que ambos: empleados y miembros del público están manteniendo los seis pies de distanciamiento social incluyendo y no limitado cuando los clientes se encuentran formados en línea.
3. Actividades Prohibidas. Quedan prohibidas todas las reuniones públicas y privadas de cualquier número de personas que no formen parte de un mismo hogar o de la misma unidad habitacional excepto por los propósitos limitados expresamente permitidos en esta Orden. Nada en esta Orden prohíbe la reunión de miembros de un mismo hogar o unidad habitacional. Arrendadores o Gerentes de Propiedades en Renta deberán evitar el acceso las instalaciones en renta a menos que se presente una urgencia de mantenimiento.
4. Cierres. Las siguientes instalaciones deben permanecer cerradas:
a. Escuelas K-12 Públicas y Privadas y Bibliotecas Públicas. Excepto las que faciliten aprendizaje a distancia o virtual, las escuelas K-12 públicas y privadas quedan cerradas para la instrucción de los alumnos y actividades extracurriculares. Las bibliotecas cerrarán la atención personal al público, pero continuarán sus servicios en línea y de programación. Escuelas y bibliotecas podrían ser utilizadas para Funciones de Gobierno Esenciales y distribución de alimentos. Esta sección no aplica para las instalaciones operadas por el Departamento Correccional de Wisconsin o el Departamento de Asuntos Militares incluyendo la Academia Challenge.
b. Sitios de Actividades y Esparcimiento Público. Ya sea al interior o exterior, incluye, pero no se limita a parques de diversión, carnavales, parques acuáticos, piscinas públicas o privadas con licencia, chapoteaderos, acuarios, zoológicos, museos, salas de juego, ferias, centros para juegos de niños, patios de juego, parques recreativos, parques temáticos, boliches, cines, teatros, salas de música y conciertos, clubes deportivos y sociales, gimnasios y centros de acondicionamiento físico.
c. Salones y Spas. Incluye, pero no se limita a estéticas, peluquerías, salones para uñas, spas, servicios de electrólisis, servicios de depilación, mantenimiento de cejas, sala para tatuajes, establecimientos para arte corporal y camas de bronceado.
5. Viajes Prohibidos y Permitidos. Quedan prohibidas todas las formas de viaje excepto por lo que se define en esta Orden como Viaje Esencial. Individuos viajando en el sistema público de transporte deberán cumplir con el Requerimiento de Distanciamiento Social en la mayor medida de lo posible.
6. Cumplir con los lineamientos de DHS y CDC. Cuando se encuentre en cualquier acción permitida en esta Orden, todos los individuos, organizaciones, cuerpos gubernamentales y
cualquier otro grupo permitido de individuos deberán cumplir, en la mayor medida de lo posible, los lineamientos de DHS que se pueden consultar aquí:
https://www.dhs.wisconsin.gov/covid-19/index.htm.
Todos los Negocios y Operaciones Esenciales y todos los negocios que realizan Operaciones Mínimas Básicas deberán cumplir con los lineamientos de DHS para negocios que se pueden consultar aquí:
https:///www.dhs.wisconsin.gov/covid-19/employers.htm
7. Adultos mayores y aquellos que son vulnerables como resultado de condiciones de salud subyacentes deberán tomar precauciones adicionales. Personas con alto riesgo de contraer severas enfermedades derivadas del COVID-19 y personas enfermas se les pide que permanezcan en su hogar o lugar de residencia lo más posible excepto cuando sea necesario recibir ayuda médica. Nada en esta Orden impide que el DHS y los oficiales de salud locales ordenen y hagan cumplir las órdenes de aislamiento y cuarentena conforme a los estatutos Wis. Sta. § Ch. 252 y ordenanzas municipales.
SITUACIONES ESPECIALES
8. Operaciones de Centros de Salud Pública y Privada. Para propósito de esta Orden, individuos podrán salir de su residencia para trabajar u obtener servicios en cualquier Centro de Salud Pública y Privada.
Centros de Salud Pública y Privada incluye, pero no se limita a: hospitales; instalaciones médicas; clínicas; cirugía ambulatoria; centros de servicios de urgencia para problemas de salud o relacionados a las actividades del COVID-19; manufactureros, técnicos, logística, operaciones de almacén y distribuidores de equipo médico, equipo de protección personal (PPE), gases médicos, farmacéuticos, sangre y productos sanguíneos, vacunas, materiales de prueba, suministros de laboratorio, productos limpieza, saneamiento, desinfectantes y de esterilización, pañuelos faciales, toallas de papel; oficinas dentales; farmacias; entidades públicas de salud, incluyendo aquellas que recopilan, modelan, analizan y comunican información de salud pública; equipos y dispositivos de farmacéuticos, de farmacia, médico y compañías de biotecnología (incluyendo operaciones, investigación, desarrollo y abastecimiento); compañías de tecnología de información médica; organizaciones que recolectan sangre, plaquetas, plasma y otros materiales necesarios; obstetras, ginecólogos y parteros; centros para cuidado de los ojos incluyendo aquellos que venden lentes y lentes de contacto; agencias y proveedores de servicios de salud a domicilio; proveedores de salud mental y abuso de sustancias; programas e instalaciones de desintoxicación y tratamiento de alcohol y drogas; acceso a programas de inyecciones, programas de distribución de naloxona; otros centro de salud, abastecedores y proveedores de cualquier actividad relacionada y de forma secundaria a los servicios de salud; entidades que trasportan y desechan materiales y residuos médicos; agencias de cuidado personal; hospicios; proveedores de salud aliados, acupunturistas, masaje terapéutico, quiroprácticos y hogares de cuidado para adultos.
Específicamente quedan incluidos en las operaciones de los Centros de Salud Pública y Privada manufactureros, técnicos, logística, operaciones de almacén y distribuidores de equipo médico, equipo de protección personal (PPE), gases médicos, farmacéuticos, sangre y productos sanguíneos, vacunas, materiales de prueba, suministros de laboratorio, productos limpieza, saneamiento, desinfectantes y de esterilización, pañuelos faciales y productos de toallas de papel.
Centros de Salud Pública y Privada también incluye veterinario y todos los servicios de salud para animales. Deberá evitarse el cuidado veterinario no esencial.
Cafeterías y servicio de alimentos en los centros de salud permanecerán abiertos solamente para el personal y visitantes autorizados, y estarán sujetos a las siguientes restricciones:
a. Queda prohibido el auto servicio en barras de ensaladas, estaciones de bebidas y servicios de buffet.
b. Queda prohibido que los clientes se auto dispensen productos y bebidas no empacados.
c. Clientes y el personal deberán cumplir con el Requerimiento de Distanciamiento Social, incluyendo las áreas para sentarse y filas para pagar.
Centros de Salud y Operaciones de Salud Pública deberán analizarse ampliamente para evitar cualquier impedimento en la entrega del servicio como se define ampliamente. Centros de Salud y Operaciones de Salud Pública no incluye centros de acondicionamiento físico, gimnasios, estéticas, peluquerías, salones para uñas, spas, servicios de electrólisis, salas de tatuajes, establecimientos para arte corporal, camas de bronceado e instalaciones similares.
9. Operaciones de Servicios Sociales. Para propósito de esta Orden, individuos podrán salir de su residencia para trabajar y obtener servicios sociales de cualquier agencia estatal, institucional y comunitaria que proporcione servicios al público.
Operaciones de Servicios Sociales incluye, pero no se limita a: instalaciones de cuidado a largo plazo y de vivienda asistida, siempre y cuando las organizaciones cumplan con todas las actuales Recomendaciones para la Prevención del COVID-19 del DHS en instalaciones de cuidado de largo plazo y vivienda asistida y son aplicables todas las Recomendaciones del Centro para el Control y Prevención de las Enfermedades de los Estados Unidos; grupos residenciales y albergues para adultos, adultos mayores, niños, víctimas de violencia doméstica, personas con discapacidades, personas con desorden de abuso de sustancias, o enfermedades mentales; instalaciones de transición, grupos de atención establecidos en hogares que proporcionan servicios a individuos con discapacidades físicas, intelectuales, o de desarrollo, adultos mayores, adultos o niños, centros de cuidado para adultos, centros comunitarios que proporcionan servicios de apoyo y asistencia diaria para los adultos que lo necesitan, y apoyo de atención domiciliaria; sucursales que aportan y ayudan a determinar la elegibilidad para necesidades básicas incluyendo alimentos, asistencia monetaria, cobertura médica, servicios vocacionales, o servicios de rehabilitación; centros de desarrollo; agencias de adopción; negocios que ofrecen comida, refugio, servicios sociales, y otras necesidades de vida para individuos con desventaja económica, individuos con discapacidades físicas, intelectuales y de desarrollo, o de otra manera individuos necesitados.
Las Operaciones de Servicios Sociales deberán analizarse ampliamente para evitar cualquier impacto en la entrega del servicio social como se define ampliamente.
10. Infraestructura Esencial. Para efectos de esta Orden, individuos podrán salir de su residencia para proporcionar cualquier servicio o realizar cualquier trabajo necesario para ofrecer, proveer, operar, mantener y reparar Infraestructura Esencial.
Infraestructura Esencial incluye, pero no se limita a: comida, producción, distribución, centros de distribución, bodegas, marinas, y ventas; construcción (incluyendo, pero no se limita a, la construcción requerida como respuesta a esta emergencia de salud pública,
construcción de hospitales, construcciones de instalaciones para cuidado de largo plazo y vivienda asistida, construcción de obras públicas, construcción de escuelas, construcción y operación de Negocios Esenciales, construcción de viviendas, excepto remodelaciones y (evitar los arreglos estéticos); administración y mantenimiento inmobiliario; operaciones aeroportuarias; operaciones y mantenimiento de utilidades, incluyendo agua, drenaje, gas y electricidad (incluyendo la generación, distribución y producción de energía, producción de materiales en crudo y el registro y certificación de agua potable para el consumo humano y los laboratorios de aguas residuales del Departamento de Recursos Naturales de Wisconsin); el Programa de Asistencia de Energía de Wisconsin, el Programa de Asistencia de Energía para Hogares de Bajos Recursos, las oficinas del Programa de Beneficios Públicos para Asistencia de Energía, centros de servicio al cliente, centros de recepción al público; centros de distribución; refinación de petróleo y biocombustibles; caminos, puentes, vías ferroviarias y transportación pública; puertos, seguridad cibernética; control de inundaciones, recolección y remoción de desperdicios y de reciclaje; sistemas de internet, video y telecomunicaciones (incluyendo el suministro de infraestructura esencial global, nacional y local para servicios de cómputo, infraestructura de negocios, comunicaciones y servicios basados en la red).
Infraestructura Esencial deberá analizarse ampliamente para evitar cualquier impacto en la infraestructura esencial como se define ampliamente.
DEFINICIONES
11. ACTIVIDADES ESENCIALES. Individuos pueden salir de su hogar o residencia para realizar cualquiera de lo siguiente:
a. Salud y Bienestar. Para involucrarse en actividades o realizar funciones esenciales para su salud y bienestar, o para la salud y bienestar de su familia o miembros de su vivienda, incluyendo mascotas, como, un ejemplo y sin limitación, para obtener artículos médicos, medicamentos, búsqueda de servicios de emergencia, o para visitar a un profesional médico o profesional médico del comportamiento. Individuos deberán depender de las opciones de servicios médicos virtuales donde sea factible.
b. Servicios y Suministros Indispensables. Para obtener los servicios y suministros indispensables para si mismos, sus familias o miembros de su vivienda, o para hacer entrega de esos servicios y suministros a otros, como, un ejemplo y sin limitación: comida enlatada, abarrotes, frutas frescas y vegetales, gasolina, gas propano, artículos para mascotas, carnes frescas, pescados, y pollo, y cualquier otro producto de consumo doméstico, y productos indispensables para mantener el bienestar, saneamiento y la operación esencial de las residencias.
c. Actividades al Aire Libre. Para involucrarse en actividades al aire libre, incluye visitando parques públicos y estatales, siempre y cuando los individuos cumplan con el Requerimiento de Distanciamiento Social como se definen más adelante. Tales actividades incluyen, como, un ejemplo y sin limitación, caminar, ciclismo, excursionismo, o correr. Los individuos no se pueden involucrar en deportes por equipos y de contacto tales como, un ejemplo y sin limitación, baloncesto, lanzamiento de disco, futbol soccer o futbol americano, ya que estas actividades no cumplen con el Requerimiento de Distanciamiento Social. Los parques de juegos infantiles se encuentran cerrados.
d. Ciertos Tipos de Trabajo. Para desempeñar trabajo en Negocios y Operaciones Esenciales o de otro modo para llevar a cabo actividades permitidas específicamente en esta Orden, incluyendo Operaciones Mínimas Básicas y obtener suministros necesarios para trabajar desde casa.
e. Cuidar de Otros. Para cuidar de un familiar, amigo o mascota en otro domicilio, y para transportar miembros familiares, amigos, o mascotas como se permite en esta Orden.
12. Funciones Gubernamentales Esenciales. Funciones Gubernamentales Esenciales significa todos los servicios proporcionados por el Estado, tribu o gobiernos locales indispensables para asegurar la continuidad de operaciones del cuerpo gubernamental y proveer y apoyar la salud, seguridad y bienestar del público. Cada cuerpo gubernamental deberá determinar sus Funciones Esenciales, y si alguna, identificar a los empleados y contratistas necesarios para la realización de tales funciones.
Para efectos de esta Orden, todos los servicios de emergencia bajo nómina o voluntarios incluyendo cuerpos policiales, rescatistas, y bomberos; academias de entrenamiento para servicios de emergencia; inspectores de construcción; administradores de personal de emergencia; despachadores de emergencia; personal del juzgado, jurado y gran jurado; personal de correccionales; operadores de materiales peligrosos; personal de servicio de protección y bienestar infantil; personal de albergues y vivienda, Guardia Nacional y militar; y otros trabajando por y para las Operaciones de Negocios Esenciales se encuentran categóricamente exentos de esta Orden.
Esta sección no limita la capacidad o la autoridad de la Suprema Corte de Wisconsin para utilizar su autoridad constitucional de supervisar a las cortes bajas para limitar o ajustar sus funciones en respuesta a la Emergencia de Salud Pública. Esta sección no limita la capacidad o autoridad de la Legislatura de Wisconsin para cumplir o conducir los asuntos.
Cuerpos Gubernamentales deberán continuar siguiendo las indicaciones de la Oficina de Gobierno Abierto del Departamento de Justicia de Wisconsin para llevar a cabo juntas, y consultar directamente con la misma oficina preguntas relacionadas a las asambleas abiertas al público. La guía se puede consultar aquí: https://www.doj.state.wi.us/news-releases/office-open-government-advisory-additional-information-regarding-covid-19-and-open. Cuerpos gubernamentales con preguntas adicionales sobre los requisitos de las reuniones abiertas deberán consultar a la Oficina de Gobierno Abierto del Departamento de Justicia de Wisconsin.
13. Negocios y Operaciones Esenciales. Todas las entidades descritas en esta sección deberán cumplir con los Requerimientos de Distanciamiento Social entre todos los individuos dentro del local en toda su extensión posible. Negocios y Operaciones Esenciales deberán, en la mayor extensión de lo posible, utilizar tecnología para evitar reunirse en persona, incluyendo juntas virtuales, teleconferencia, y trabajar remotamente (por ejemplo, trabajo desde casa). Para efectos de esta Orden, Negocios y Operaciones Esenciales se refiere a Centros de Salud Públicos y Privados, Servicios Sociales, Infraestructura Esencial, Funciones Gubernamentales Esenciales, y lo siguiente:
a. Lista CISA. Cualquier negocio o trabajador identificados en el Memorándum de la Identificación de Trabajadores Esenciales de la Infraestructura Crítica como Respuesta
al COVID-19 de la Agencia de Seguridad Cibernética y de Infraestructura (CISA) del Departamento de Seguridad Nacional, en su actualización del 23 de marzo del 2020, y versiones subsecuentes.
b. Tiendas de productos comestibles y medicinas. Tiendas de abarrotes, panaderías, farmacias, puestos de productos de granja y agrícolas, supermercados, bancos de alimentos, despensas de alimentos, tiendas de conveniencia, y otros establecimientos que participan como punto de venta de abarrotes, comida enlatada, productos congelados, frutas y vegetales frescos, artículos para mascotas, carnes frescas, pescado, pollo, alimentos preparados, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y cualquier otro producto de consumo doméstico (como artículos de cuidado personal y de limpieza). Dichos establecimientos deberán:
i. Cerrar toda el área de comedor para consumir alimentos
ii. Cesar cualquier operación de auto servicio de barras de ensaladas, dispensadores de bebidas y, buffet.
iii. Prohibir a los clientes el auto servicio de alimentos no empacados, excepto por los productos de uso doméstico.
iv. Obedecer los Requerimientos de Distanciamiento Social.
Esta sección no debe ser interpretada para otorgar una excepción para los negocios que ofrecen la venta de alimentos y bebidas de forma secundaria al giro principal de su negocio, dichos negocios están obligados a cerrar bajo la Sección 4 y aunque realicen algo de ventas de comida y bebidas.
c. Transportación, Producción de Alimentos, Bebidas y Agricultura. Fabricación, producción, procesamiento de alimentos y bebidas, transporte y cultivo; agricultura, ganadería, pesca, panadería y otra producción Agrícola, incluido el cultivo, comercialización, producción y distribución de animales y bienes para consumo; negocios proveedores de alimentos, refugio y otras necesidades de la vida de los animales, incluidos los refugios de animales, embarque, rescates, perreras e instalaciones de adopción; granja y equipo agrícola, suministros y servicios de reparación.
d. Restaurantes. Los restaurantes deberán cerrar, excepto como sigue:
i. Los restaurantes pueden permanecer abiertos para comida para llevar solo servicio de entrega.
ii. Las ventas de alcohol deben cumplir con la sección 13.e. abajo.
iii. Los clientes pueden ingresar a los establecimientos anteriores solo con el propósito de ordenar, recoger y pagar alimentos o bebida o ambos.
iv. No se proporciona servicio de comedor.
v. No se pueden consumir alimentos y bebidas en las instalaciones, ya sea interior o exterior.
vi. Los establecimientos deberán cumplir con los Requisitos de Distanciamiento Social entre todos los individuos en las instalaciones en la mayor medida de lo posible.
vii. Cesar cualquier operación de autoservicio de barras de ensaladas, estaciones de bebidas y buffet.
viii. Los clientes tienen prohibido auto dispensar alimentos o bebidas sin empaque.
e. Bares. Esto incluye cervecerías, micro cervecerías, vinaterías, destilerías y minoristas de bebidas alcohólicas. Dichos establecimientos deberán cerrar, excepto por lo siguiente:
i. Se permite la venta de bebidas alcohólicas y alimentos solo para llevar, si lo permite la ley estatal y las ordenanzas municipales.
ii. Queda prohibida el servicio de entrega de bebidas alcohólicas a clientes minoristas.
iii. Las bodegas de vino con permisos directos de distribución pueden realizar entregas de vino conforme a su permiso.
iv. Los clientes pueden ingresar a los establecimientos anteriores solo con el propósito de ordenar, recoger y pagar alimentos o bebida o ambos.
v. No se pueden proporcionar asientos.
vi. No se puede consumir alimentos y bebidas en las instalaciones, ya sea en el interior o exterior.
vii. Los establecimientos deberán cumplir con el Requisito de Distanciamiento Social entre todas las personas en las instalaciones en la medida que sea posible.
viii. Quedan prohibidas las operaciones de autoservicio de barras de ensaladas, estaciones de bebidas, y buffet.
ix. Los clientes tienen prohibido auto dispensar alimentos o bebidas sin empaque.
f. Establecimientos de Cuidado Infantil. La Orden de Emergencia # 6 de la secretaria designada Andrea Palm permanece vigente, con las siguientes enmiendas:
i. Los establecimientos de cuidado infantil deben otorgar prioridad a las familias como sigue:
1. Nivel 1: empleados, contratistas y otro tipo personal de apoyo que trabaja en el sector salud;
2. Nivel 2: empleados, contratistas y otro personal en áreas vitales que incluyen pero no se limita a militares; cuidado a largo plazo; cuidado residencial; farmacias; cuidado infantil; bienestar infantil; operaciones del gobierno; seguridad pública e infraestructura crítica como saneamiento, transporte, servicios públicos, telecomunicaciones; servicios de comestibles y alimentos; operaciones de la cadena de suministro; y otros sectores según lo determine el Secretario del Departamento de Niños y Familias.
ii. Los establecimientos de cuidado infantil incluye a todos los proveedores con licencia y certificados que pueden brindar atención para cualquier edad o hasta 13 años, a menos que tenga una licencia especial hasta los 19 años para niños con discapacidades.
g. Organizaciones que proporcionan Servicios Caritativos y Sociales. Negocios y organizaciones religiosas y seculares sin fines de lucro, incluyendo el apoyo grupal de empleo prevocacional, bancos de alimentos y despensas de alimentos, cuando proporcionen alimentos, vivienda y servicios sociales y otras necesidades de vida para personas económicamente desfavorecidas o necesitadas, individuos que necesitan asistencia como resultado de esta emergencia de salud pública y personas con discapacidades.
h. Bodas, Funerales y Entidades Religiosas. Instalaciones religiosas, entidades, grupos y reuniones y bodas y funerales, excepto que cualquier reunión deberá incluir menos de 10 personas a la vez en una habitación o espacio confinado y los individuos deberán cumplir con los Requisitos de Distanciamiento Social tanto como sea posible.
i. Establecimientos Funerarios. Establecimientos funerarios, tal como se definen en Wis. Stat. § 445.01 (6), excepto que cualquier reunión incluirá menos de 10 personas a la vez en una habitación o espacio confinado y los individuos deberán adherirse a los Requisitos de Distanciamiento Social tanto como sea posible.
j. Medios de Comunicación. Periódicos, televisión, radio y otros servicios de medios.
k. Gasolineras y negocios relacionados a la Transportación. Gasolineras; suministros para automóviles y motocicleta, reparación y ventas; suministros para botes, reparación y ventas; y suministros para bicicletas, reparación y ventas.
l. Instituciones y Servicios Financieros. Bancos, uniones de crédito y otras instituciones de depósito o préstamo; proveedores de servicio financiero con licencia; servicios de seguro; personal necesario para realizar funciones esenciales en corredores de bolsa y oficinas de asesores de inversiones.
m. Ferreterías y Tiendas de Suministros. Ferreterías y empresas que venden partes eléctricas, artículos de plomería, calefacción y material de construcción.
n. Comercios Críticos. Trabajadores calificados en la Edificación y Construcción y otros oficios, incluidos pero no limitados a plomeros/fontaneros, electricistas, carpinteros, obreros, chapa de metal, herreros, albañilería, cañerías, fabricantes, detallistas, exterminadores, aplicación de pesticidas, limpieza y personal de limpieza para propiedades comerciales y gubernamentales, personal de seguridad, ingenieros operativos, Técnicos en ventilación, calefacción y aire acondicionado (HVAC), pintura, servicios de mudanza y reubicación, forestales y arboricultores y otros proveedores de servicios que proporcionan servicios que son necesarios para mantener la seguridad, saneamiento y operación esencial de residencias, Actividades Esenciales, Funciones Gubernamentales Esenciales y Negocios y Operaciones Esenciales.
o. Servicios de Correo, Posteo, Envío, Logística, Entrega y Recolección. Oficinas de correos y otras empresas que ofrecen servicios de envío y entrega, y negocios que envían o entregan comestibles, alimentos, bebidas, bienes o servicios a usuarios finales o a través de canales comerciales.
p. Servicios de Lavandería. Lavanderías, tintorerías, servicios de lavandería industriales y proveedores de servicios de lavandería.
q. Suministros para Trabajar desde Casa. Negocios que venden, fabrican o suministran productos necesarios para que las personas trabajen desde casa.
r. Suministros para Negocios y Operaciones Esenciales y Funciones Gubernamentales Esenciales. Negocios que venden, fabrican o abastecen a otros Negocios y Operaciones Esenciales y Funciones Gubernamentales Esenciales con el
apoyo o suministros necesarios para operar, incluyendo computadoras; electrónica de audio y video; electrodomésticos; informática (IT) y equipo de telecomunicaciones; hardware; pintura; colocación de vidrio plano; materiales eléctricos, de plomería/fontanería y calefacción; materiales de construcción y equipamiento; equipo sanitario; productos de higiene personal; alimentos, aditivos alimenticios, ingredientes y componentes; equipamiento médico y ortopédico; proveedores y ventas de armas de fuego y municiones para fines de seguridad y protección; equipos de óptica y fotografía; diagnóstico; comida y bebidas; químicos; papel y productos de papel; jabones y detergentes.
s. Transportación. Líneas aéreas, taxis, proveedores de red de transporte (como Uber y Lyft), servicios de alquiler de vehículos, transportación complementaria y otros servicios privados, públicos y transporte comercial y proveedores de logística necesarios para Actividades Esenciales y otros fines expresamente autorizados en esta Orden.
t. Cuidados y Servicios de Grupo Habitacional. Cuidado de grupo habitacional para personas mayores, adultos, niños y/o personas con discapacidades, trastornos por uso de sustancias y/o enfermedades mentales, incluyendo cuidadores o niñeras quienes pueden viajar al hogar del niño para brindar cuidado, y otros servicios dentro del domicilio, incluida la entrega de comidas.
u. Servicios Profesionales. Servicios profesionales, tales como legales o servicios de contabilidad, servicios de seguros, servicios inmobiliarios (incluyendo tasación, inspección de la vivienda y servicios de título). Estos servicios deberán, en la mayor medida posible, utilizar tecnología para evitar reunirse en persona, incluidas las reuniones virtuales, teleconferencia y trabajo remoto (es decir, trabajo desde casa).
v. Fabricación, Distribución y Cadena de Suministro para Productos e Industrias Críticas. Compañías de manufactura, distribuidores y compañías que forman parte de la cadena de suministro que producen y suministran productos y servicios esenciales en y para industrias tales como farmacéutica, tecnología, biotecnología, salud, química y saneamiento, recolección y eliminación de desperdicios, agricultura, alimentos y bebidas, transportación, energía, acero y productos de acero, petróleo y combustible, minería, construcción, defensa nacional, comunicaciones y productos utilizados por otras Funciones Gubernamentales Esenciales y Negocios y Operaciones Esenciales.
w. Funciones Sindicales Criticas. Las actividades esenciales incluyen la administración de fondos para salud y prestaciones y personal para verificar el bienestar y la seguridad de los miembros que proporcionan servicios en Negocios y Operaciones Esenciales, previniendo que las revisiones sean hechas por teléfono o de forma remota, siempre que sea posible.
x. Hoteles y Moteles. Hoteles y moteles, excepto que tales establecimientos deberán:
i. Cumplir con los requisitos de 12.b, 12.d. y 12.e.
ii. Cerrar piscinas, jacuzzis e instalaciones para hacer ejercicio.
iii. Prohibir que los invitados se congreguen en vestíbulos u otras áreas comunes, incluida la provisión de espacio adecuado para adherirse a los Requisitos de Distanciamiento Social mientras hace se encuentran esperando para los servicios de recepción.
y. Instituciones de Educación Superior. Instituciones de educación superior, para propósitos de facilitar el aprendizaje a distancia, desempeñar investigaciones críticas o desempeñar funciones esenciales según lo determine la institución.
z. Empresas designadas por WEDC. En las circunstancias excepcionales que un negocio no se encuentre enlistado en esta Orden como Negocio u Operación Esencial, pero cree que debería incluirse en esa designación, el negocio debe consultar la información de la Corporación de Desarrollo Económico de Wisconsin (WEDC), en la siguiente página web: www.wedc.org/essentialbusiness. Si un negocio cree no caer dentro de la definición de Negocios y Operaciones Esenciales, puede aplicar utilizando el formulario provisto para solicitar tal designación directamente a la Corporación de Desarrollo Económico de Wisconsin (WEDC).
14. Operaciones Básicas Mínimas. Para los propósitos de esta Orden, Operaciones Básicas Mínimas incluyen lo siguiente, previniendo que los empleados cumplan con Requisitos de Distanciamiento Social, en la mayor medida de lo posible, mientras lleven a cabo tales operaciones:
a. Las actividades mínimas necesarias para mantener el valor del inventario del negocio, preservar la condición física de la planta y equipo del negocio, garantizar seguridad, procesar nómina y beneficios para empleados, o para funciones relacionadas, incluyendo donde sea que estas funciones son subcontratadas a otras entidades.
b. Las actividades mínimas necesarias para facilitar a los empleados del negocio que pueden seguir trabajando de manera remota desde su residencia.
15. Viajes Esenciales. Individuos involucrados en cualquier Viaje Esencial deben cumplir con los Requisitos de Distanciamiento Social en la mayor medida de lo posible. Para los propósitos de esta Orden, Viajes Esenciales incluyen:
a. Cualquier viaje relacionado con la provisión o acceso a Actividades Esenciales, Situaciones Especiales, Funciones Gubernamentales Esenciales, Negocios y Operaciones Esenciales u Operaciones Básicas Mínimas.
b. Viajes para el cuidado de ancianos, menores, dependientes, personas con discapacidades u otras personas vulnerables.
c. Viajes hacia o desde instituciones educativas para fines de recibir materiales para el aprendizaje a distancia, para recibir comidas o cualquier otro servicio relacionado.
d. Viaje para regresar a un lugar de residencia desde fuera de su jurisdicción.
e. Viaje requerido por cumplimiento de la ley u orden judicial, incluso para transportar a los niños de conformidad con un acuerdo de custodia.
f. Viaje requerido para que los no-residentes regresen a su lugar de residencia fuera de Wisconsin. Se exhorta a los Individuos a verificar que su transporte fuera de Wisconsin permanezca disponible y funcional antes de comenzar dicho viaje.
16. Requisitos de Distanciamiento Social. Para propósitos de esta Orden, los Requisitos de Distanciamiento Socia incluyen mantener el distanciamiento social de seis (6) pies entre las personas; lavarse las manos con agua y jabón durante al menos 20 segundos con la mayor frecuencia posible o usando desinfectante para manos; cubrirse la boca cuando tose o estornude (en la manga o el codo, nunca con las manos); limpiar regularmente las superficies de constante contacto; no estrechar la mano; y siguiendo todas las otras recomendaciones de salud pública emitidas por el DHS y el Centro para el Control de Enfermedades de los Estados Unidos (CDC).
EJECUCION/CUMPLIMIENTO
17. Ejecución. Esta orden es ejecutable por cualquier oficial local del cumplimiento de la ley, incluidos los alguaciles del condado. Violación u obstrucción de esta orden se castiga con hasta 30 días de prisión, o hasta $250 de multa, o ambas. Wis. Stat. § 252.25.
18. Divisibilidad. Si alguna disposición de esta Orden o su aplicación a cualquier persona o circunstancia se considera inválida, entonces el resto de la Orden, incluida la aplicación de dicha parte o disposición a otras personas o circunstancias, no se verán afectadas y continuarán en plena fuerza y efecto. Para este fin, las disposiciones de esta Orden son divisibles.
19. Supremacía. Esta Orden sustituye cualquier orden local que entre en conflicto con esta orden.
20. Vigencia. Esta orden entra en vigor a las 8:00 a.m. del miércoles 25 de marzo del 2020 y permanecerá vigente hasta las 8:00 a.m. del viernes 24 de abril del 2020, o hasta que se emita una orden que la sustituya.
Andrea Palm Date
Secretaria Designada
Departamento de Servicios de Salud del Estado de Wisconsin.

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